Inicio
barra


facebook
La gente de Sandoval de la ReinaLo último incorporado
Escríbenos y mándamos información, saludos o imágenes. Gracias.
 

  Junta para la renovación de listas de jurados (1899)  

En enero de 1889 se constituía en Sandoval de la Reina la Junta que había de proceder a la formación de las listas de Jurados de este término municipal.

El interés de esta página estriba en conocer que existían y cómo eran en Sandoval de la Reina estos trámites obligatorios para la determinación de jurados en los posibles procedimientos jurídicos que lo requierieran según la ley entonces vigente. En Sandoval existía juzgado, con juez, fiscal y secretario, por lo que se estaba obligado a tener una relación de posibles jurados.

Además, el documento que lo plasma recoge cuatro listas en las que podemos conocer quiénes eran entonces distintos cargos municipales, los mayores contribuyentes, los mayores de 30 años de edad elegibles para el cargo de jurado y la lista de personas mayores de 30 años que entonces eran cabezas de familia.

Entre los miembros de la Junta hay un tal Federico Gutiérrez, que no está en ninguna de las relaciones de vecinos; tal vez fuera el practicante, Federico Gutiérrez Carrillo, que quizá no residiera en Sandoval.

Más abajo, en esta página, se transcribe y reproduce el documento.


 

La Ley de 20 de abril de 1888, del Jurado, publicada en la Gaceta de Madrid el día 24, establecía que:

El Tribunal del Jurado se compondrá de 12 jurados y de tres Magistrados ó Jueces de derecho, y se reunirá periódicamente para conocer de los delitos que determina la presente ley.

Los delitos incluidos eran:

Delitos de traición. Delitos contra las Cortes y sus individuos y contra el Consejo de Ministros.
Delitos contra la forma de gobierno. Delitos de los particulares con ocasión del ejercicio de los derechos individuales garantizados por la Constitución.
Delitos de los funcionarios públicos contra el ejercicio de los derechos individuales garantizados por la Constitución. Delitos relativos al ejercicio de los cultos.
Delitos de rebelión. Delitos de sedición. Falsificación de la moneda.
Falsificación de la firma ó estampilla Real, firmas de los Ministros, sellos y marcas. Falsificación de documentos privados.
Falsificación de billetes de Banco, documentos de crédito, papel sellado, sellos de Telégrafos y Correos y demás efectos timbrados, cuya expedición está reservada al Estado.
Falsificación de documentos públicos, oficiales y de comercio y de los despachos telegráficos. Cohecho.
Abusos contra la Honestidad, cometidos por funcionarios públicos. Malversación de caudales públicos.
Parricidio. Asesinato. Homicidio.
Infanticidio. Abortos. Duelo.
Lesiones producidas por castración ó mutilación, ó cuando de sus resultas quedare el ofendido imbécil, impotente ó ciego. Violación.
Abusos deshonestos. Corrupción de menores. Rapto.
Detenciones ilegales. Sustracción de menores. Robos.
Incendios. Imprudencia punible cuando, si hubiera mediado malicia, el hecho constituiría alguno de los delitos aquí enumerados.

 

El artículo 8º indicaba que las funciones de jurado eran obligatorias. Solo podían serlo seglares.
El artículo 9º establecía los requisitos para ser jurado: ser mayor de treinta años, en pleno goce de derechos civiles y políticos, saber leer y escribir, ser cabeza de familia, ser vecino del municipio con 4 o más años de residencia en el mismo o bien no cabeza de familia que hubiese desempeñado algún cargo público con un haber de 3000 pesetas o más o bien ser o haber sido concejales, diputados provinciales, diputados a Cortes o senadores o retirados del Ejército o de la Armada.
El artículo 9º enumera las razones de incapacidad para ser jurados.
Los artículos 11º y 12º establecen las causas de incompatibilidad.
El capítulo IV trata de la formación de listas de jurados.


 

Transcripción

Constitución de la junta para la renovación de las listas de jurados


Providencia del señor juez municipal don Melchor Nozal
Sandoval 10 de enero de 1899

Para constituir la Junta que ha de proceder a la renovación de las listas de jurados, diríjase comunicación al Sr. Alcalde de esta Villa a fin de que, con la mayor urgencia posible, remita al que provee y por separado una relación de los que figuran en el amillaramiento como mayores contribuyentes por territorial e industrial, y otra de los cabezas de familia mayores de 30 años, que lleven por lo menos cuatro de residencia en este término municipal, sepan leer y escribir y estén en el pleno goce de sus derechos civiles y políticos, y de los que tuvieran algún título académico o profesional o hubiesen desempeñado algún cargo público con haber de 3000 pesetas, así como de los que fueren o hubiesen o hubiesen sido Concejales, Diputados Provinciales, Diputados a cortes o Senadores y los retirados de la Armada.

Lo proveyó y firma el Sr. Dn. Melchor Nozal, Juez Municipal de esta Villa, de que certifico.

Firmas: El Juez, Melchor Nozal / P.S.M. el Secretario, Simón Carpintero

Providencia del señor juez municipal don Melchor Nozal
12 de enero de 1899

Hallándose en el pleno goce de sus derechos civiles y políticos, don Felipe Renedo Andrés, don Juan y don Enrique Muñoz, que son los tres mayores contribuyentes por territorial, y don Federico Gutiérrez por industrial, se les nombra para que, como vocales, constituyan la Junta que ha de proceder a la formación de las listas de jurados de este término: hágaseles saber dicho nombramiento y cíteseles en forma para que, en unión de los señores fiscal municipal y alcalde, que también serán citados, comparezcan ante el que provee el día 14 de los corrientes y hora de las nueve de la mañana a fin de constituir la expresada junta y proceder al desempeño de su cometido.

Lo proveyó y firma el Sr. Juez del margen, de que certifico.

Firmas: El Juez, Melchor Nozal / P.S.M. el Secretario, Simón Carpintero

Notificación a los señores contribuyentes
Seguidamente, yo, el infrascrito Secretario, me constituí en las casas de Don Felipe Renedo, don Juan y don Enrique Muñoz, y don Federico Gutiérrez, y les hice saber el nombramiento recaído en su favor, citándoles para que comparezcan en el lugar del Juzgado del el día designado, quedaron enterados y firman de que certifico.

Firmas: Los notificados, Felipe Renedo, Juan Muñoz, Enrique Muñoz, Federico Gutiérrez / El Secretario, Simón Carpintero.

Notificación al señor fiscal
Acto continuo, notifique y ley íntegramente la providencia anterior en la parte que le incumbe al señor Fiscal, dándole copia literal de la misma y firma, de que certifico.

Firmas: El Fiscal, Casto Blanco / El Alcalde, Gaspar Carpintero / El Secretario, Simón Carpintero

Acta de constitución de la Junta
En la Villa de Sandoval de la Reina a 14 de enero de 1899, reunidos bajo la presidencia del Sr. Juez Municipal de la misma, don Enrique y don Juan Muñoz, don Felipe Renedo y don Federico Gutiérrez, el Fiscal Municipal don Casto blanco y el Alcalde de don Gaspar Carpintero, se hizo saber por el Señor Presidente el objeto de la reunión, y de común acuerdo constituyeron la Junta que ha de proceder a la formación de las listas de Jurados de este término municipal.

Seguidamente y dada lectura de (sic) por el Secretario de las relaciones facilitadas por la Alcaldía se procedió a la formación de las listas generales de cabezas de familia y capacidades con arreglo a los artículos 8º, 9º, 10º y 11º de la ley; en este estado la Junta acordó excluir de las listas a Don Simón Carpintero Fernández, por hallarse comprendido en el artículo 11 de la ley y incluir a don Macario González, Rufino Ruiz Avendaño, Juan González Moradillo, Nicasio Pérez Díez y Florentín Peña García y no habiendo otros asuntos de que tratar se dio por terminada la reunión extendiéndose la presente que firman los citados señores de que certifico.

Firmas: El Juez, Melchor Nozal / El Fiscal, Casto Blanco /El Alcalde, Gaspar Carpintero / Vocales, Felipe Renedo, Federico Gutiérrez, Juan Muñoz, Enrique Muñoz / El Secretario, Simón Carpintero.

Distrito municipal de Sandoval de la Reina
Relación de mayores contribuyentes

Relación de los mayores contribuyentes por territorial e industrial del mismo, según el amillaramiento último, verificado para el ejercicio del año económico corriente.

Nombres
D. Lorenzo Alonso Renedo
D. Juan Muñoz Hoyo
D. Felipe Renedo Andrés
D. Enrique Muñoz Hoyo
D. Benito Fontaneda Pérez
D. José González Ontoria
D. Félix Martínez Alonso
D. Raimundo Fontaneda Pérez
D. Eugenio Cidad Pérez
D. Gaspar Carpintero González

Nombres
D. Anfiloquio Andrés
D. Luis Renedo Iglesias
D. Román Díez López
D. Gorgonio Corral
D. Melchor Nozal Renedo
D. Ceferino Arroyo Fontaneda
D. Blas Carpintero González
D. Gregorio Martínez Renedo
D. Leandro González Maroto
D. Francisco Domingo Huidobro

 

Y para que conste y obre los efectos oportunos, expido la presente con el Vº Bº del Sr. Alcalde, en Sandoval de la Reina a catorce de enero de mil ochocientos noventa y nueve.

Firmas: Vº Bº El Alcalde, Gaspar Carpintero / El Serio. Fidencio Gutiérrez

Distrito municipal de Sandoval de la Reina
Relación nominal de los individuos mayores de treinta años...

Relación nominal de los individuos mayores de treinta años de edad que saben leer y escribir y elegibles para el cargo de jurado.

Nombres
D. Balbino Maroto González
D. Benito López González
D. Cecilio Martínez González
D. Esteban Rodríguez Carpintero
D. Esteban Pérez Díez
D. Evaristo Martínez González
D. Florentín Cidad González
D. Francisco Pérez Gómez
D. Isidro González González

Nombres
D. Martín Miguel Parte
D. Miguel Maroto Díez
D. Martín Pérez Pérez
D. Simón Carpintero Fernández
D. Teófilo González Muñoz
D. Tomás García Peña
D. Acisclo Varona Manuel
D. Taurino Fontaneda Congosto
D. Melquiades Ruiz Abia
D. Florentín Peña García
D. Nicasio Pérez Díez

 

Y para que conste y produzca los efectos oportunos, expido la presente con el visto bueno del Sr. Alcalde, en Sandoval de la Reina a catorce de enero de mil ochocientos noventa y nueve.

Firmas: Vº Bº El Alcalde, Gaspar Carpintero / El Serio. Fidencio Gutiérrez

Lista general de Jurados en concepto de cabezas de familia
Lista general de Jurados en concepto de cabeza de familia que forma la Junta Municipal de este distrito, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 14 y 15 de la ley y que se expongan al público por espacio de quince días durante los cuales todos los vecinos de este término municipal puedan presentar las reclamaciones de inclusión o exclusión que esiquiren (sic) [estimen] convenientes, ante el Señor Presidente de esta Junta.

Nombres y apellidos

Edad

Domicilio

Concepto de inclusión

Saturnino Corral Maroto

58

Sandoval

Cabeza de familia

Esteban Rodríguez Carpintero

40

id.

id.

Benito López González

46

id.

id.

Esteban Pérez Díez

35

id.

id.

Evaristo Martínez Carpintero

32

id.

id.

Nicolás López Carpintero

32

id.

id.

Antonio López Sancho

32

id.

id.

Marín Pérez y Pérez

36

id.

id.

Balbino Maroto González

52

id.

id.

10º

Francisco García González

53

id.

id.

11º

Gorgonio Corral Muñoz

50

id.

id.

12º

Martín Miguel Parte

?

id.

id.

13º

Román Díez López

51

id.

id.

14º

Jorge Martínez Benito

43

id.

id.

15º

Acisclo Varona Manuel

43

id.

id.

16º

Bernabé García Bustillo

57

id.

id.

17º

Ceferino Arroyo Fontaneda

39

id.

id.

18º

Eugenio Cidad Pérez

36

id.

id.

19º

Francisco Pérez Gómez

51

id.

id.

20º

Taurino Fontaneda Congosto

34

id.

id.

21º

Valentín Díez Ruiz

34

id.

id.

22º

Luis Renedo Iglesias

51

id.

id.

23º

Tomás García Peña

44

id.

id.

24º

Miguel Maroto Díez

36

id.

id.

25º

Mariano Martínez González

58

id.

id.

26º

Félix Martínez Alonso

42

id.

id.

27º

Cecilio Martínez González

32

id.

id.

28º

Florentín Cidad González

52

id.

id.

29º

Gregorio Martínez Renedo

65

id.

id.

30º

Macario González [Muñoz] González

30

id.

id.

31º

Rufino Ruiz Avendaño

30

id.

id.

32º

Juan González Moradillo

30

id.

id.

33º

Nicasio Pérez Díez

32

id.

id.

34º

Florentín Peña García

32

id.

id.

 

La presente lista está formada conforme con las relaciones facilitadas por esta Alcaldía, y teniendo los concurrentes porque hacer objeciones, la dieron por terminada, firmándola con el Señor Presidente, de que yo, el Secretario, certifico.

Firmas: El Juez, Melchor Nozal / El Fiscal, Casto Blanco / El Alcalde, Gaspar Carpintero / Vocales, Felipe Renedo, Federico Gutiérrez, Juan Muñoz, Enrique Muñoz / El Secretario, Simón Carpintero

Lista de Capacidades
Provincia de Burgos - Distrito Municipal de Sandoval de la Reyna - Lista de Capacidades


Nombres

Edad

Domicilio

Concepto de inclusión

Lorenzo Alonso Renedo

46

Sandoval

Ex Juez Municipal

Gaspar Carpintero González

53

id.

Alcalde

Teófilo González Muñoz

33

id.

Concejal

Felipe Gutiérrez Hernando

50

id.

Concejal

Juan Muñoz Hoyo [del Hoyo]

61

id.

Concejal

Francisco Domingo Huidobro

41

id.

Concejal

Felipe Renedo Andrés

42

id.

Ex Concejal

Anfiloquio Andrés Merino

37

id.

Ex Concejal

 

Las precedentes listas han sido formadas por la Junta de este término Municipal nombrado al efecto para [que], con arreglo a lo dispuesto en el artículo 18 de la ley, se expongan al público por espacio de quince días durante los cuales todos los todos vecinos de este término puedan reclamar las inclusiones o exclusiones que crean procedentes.

Sandoval de la Reina 1º de febrero de 1889.

Firmas: El Juez, Melchor Nozal / El Fiscal, Casto Blanco /El Alcalde, Gaspar Carpintero / Vocales, Felipe Renedo, Federico Gutiérrez, Juan Muñoz, Enrique Muñoz / El Secretario, Simón Carpintero


 

      


      


      


      



 

página creada el 26/06/2024