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  Sandoval de la Reina en 1958 

Contrato del pueblo de Sandoval de la Reina con el Alguacil y Voz pública (y pregonero)

El alguacil daba servicio tanto al Ayuntamiento como al Juzgado de Sandoval de la Reina.
Era, en el pueblo, un trabajador indispensable para el normal funcionamiento de ambos organismos.

En 1958, el Ayuntamiento, personificado por su alcalde, Severino Andrés Muñoz, y Pedro Ortega Ruiz formalizaron un contrato de prestación de servicios plasmado en el documento que se transcribe y reproduce en esta página.

Entre las varias funciones que desarrollaba y que se incluye de forma genérica en el contrato, estaba la de hacer de oficial para las notificaciones, comunicando formalmente a los destinatarios resoluciones administrativas o judiciales.

 

Contrato de Alguacil y Voz Pública – 1958

En Sandoval de la Reina a cinco de junio de 1958, reunidos de una parte D. Severino Andrés Muñoz, alcalde presidente de este Ayuntamiento, en nombre y representación del mismo y de la otra D. Pedro Ortega Ruiz, mayor de edad, casado, labrador, natural y vecino de esta localidad, ambos dotados de la capacidad necesaria para contratar, proceden a formalizar el presente contrato de prestación individual de servicios a tenor de lo preceptuado en el artículo ocho del Reglamento de Funcionarios de Administración Local de 30 de mayo de 1952, estableciendo al efecto las siguientes

CLÁUSULAS

1º.- El presente convenio que el Ayuntamiento establece con el citado Pedro Ortega Ruiz, tiene por objeto la prestación por este de los servicios propios de alguacil y voz pública con este Ayuntamiento.-

2º.- La duración del contrato será por un año, prorrogable por ambas partes voluntariamente por cada uno de los ejercicios siguientes si ninguna de las partes manifiesta su deseo de rescindirlo o renovarlo con tres meses de antelación a la fecha de su vencimiento, que lo será en 31 de diciembre de cada ejercicio.-

Los servicios que ha de prestar el citado Alguacil serán los siguientes:

a) Durante la campaña chacinera de cada año, proceder a pesar todas las reses de cerda que se sacrifiquen dentro del término municipal y pasará nota de las mismas a la Secretaría del Ayuntamiento, para lo cual percibirá en concepto de gratificación de los fondos municipales la cantidad de CIENTO VEINTICINCO pesetas.-

b) Cobrará a todos los vendedores ambulantes que verifiquen ventas en cualquier clase de artículos en la localidad a razón de siete pesetas cada uno, tope máximo señalado en las Ordenanzas municipales, ya sea con carro, camión, etc., a excepción de los que tengan establecido concierto con el Ayuntamiento, cuyas cantidades liquidará semestralmente en este ayuntamiento.-

c) También será de su cuenta tallar y pesar los mozos que cada año se alisten para su ingreso en filas, percibiendo por este concepto la gratificación de QUINCE pesetas.-

d) Actuará de Voz pública en todas las subastas que se celebren en el Salón Capitular, así como pregonar cuantos bandos sean publicados por la Alcaldía y

e) Todo lo demás relacionado con los servicios propios de Alguacil, limpieza y adecentamiento de la Secretaría, Salón Capitular y Juzgado, así como cuantas intervenciones sean necesarias, tanto en el Ayuntamiento como en el Juzgado y que les sean propias del cargo que se le atribuye.-

El concepto de retribución percibirá de los fondos municipales la cantidad de SETECIENTAS pesetas anuales, que le serán abonadas semestralmente.

También correrá su cargo atender a la calefacción de la Secretaría municipal durante la época de invierno y primavera, así como cuantas funciones le sean encomendadas por el Sr. Secretario.

Leído el presente documento que se extiende por duplicado a un solo efecto, las partes lo hallan conforme y en prueba de lo cual es firmado por ambos otorgantes.

Firmas:   El Alcalde: Severino Andrés / El Alguacil: Pedro Ortega

 

 

 

 


 

página creada el 09/04/2024 (contrato con el alguacil y voz pública)